Instalaciones temporales de alimentos
Instalaciones temporales de alimentos
El Código de Salud y Seguridad de California, art. 114387 requiere un permiso de instalación temporal de alimentos (TFF) de cualquier persona u organización que proporcione alimentos en un evento público. Todos los vendedores de alimentos, incluidos los restaurantes existentes, deben solicitar un Permiso Temporal para Instalaciones de Alimentos cuando participan en un evento temporal.
- Los miembros del público que deseen operar un puesto de comida en un evento comunitario primero deberán comunicarse con la organización a cargo del evento al menos tres (3) semanas antes de la fecha del evento.
- La persona que coordina el evento, coordinador del evento, proporcionará a los solicitantes información general sobre el evento, además de los requisitos para los posibles participantes del evento.
- Los coordinadores del evento pedirán a los participantes que completen los formularios de inscripción y cumplan con las tarifas aplicables (los requisitos pueden variar según el coordinador del evento).
Una vez que el coordinador del evento esté consciente de que los alimentos o bebidas (alimentos comercialmente preenvasados o alimentos sin envasar) se venderán o proporcionarán al público sin costo alguno, el organizador proporcionará al organizador una solicitud de Permiso Temporal para Instalaciones de Alimentos y una Guía del Operador. Operador de stand de comida.
El coordinador del evento explicará al operador del puesto de comida los requisitos y estándares aplicables para el tipo de operación de comida prevista. Además, se brindará información sobre los servicios que estarán disponibles durante el evento, tales como:
- agua potable
- electricidad
- eliminación de aguas residuales
- significa deshacerse de la basura
Si el organizador no ofrece estos servicios, es responsabilidad de los operadores del puesto de comida asegurarse de que estos artículos estén disponibles en su puesto el día del evento, según la operación de comida prevista.
Las siguientes tarifas de procesamiento de solicitudes se basan en la duración del evento y el tipo de operación del puesto de comida:
- Permiso de 1 a 4 días consecutivos, $10.00 (con y sin fines de lucro)
- Permiso de 5 a 15 días consecutivos, $116.00 (con fines de lucro)
- Permiso de 5 a 15 días consecutivos, $58.00 (Sin fines de lucro – 501(c)(3) o equivalente)
- Permiso de 16 a 25 días consecutivos, $154.00 (con fines de lucro)
- Permiso de 16 a 25 días consecutivos, $77.00 (Sin fines de lucro – 501(c)(3) o equivalente)
- Permiso de 6 meses, $217,00 (con fines de lucro: alimentos no envasados y/o procesamiento de alimentos)
- Permiso de 6 meses, $130.00 (con fines de lucro: alimentos preenvasados comercialmente y/o productos integrales)
- Permiso de 6 meses, $108.00 (Sin fines de lucro – 501(c)(3) o equivalente - alimentos no envasados y/o procesamiento de alimentos)
- Permiso de 6 meses, $65.00 (Sin fines de lucro – 501(c)(3) o equivalente - alimentos preenvasados comercialmente y/o productos integrales)
- Permiso de 12 meses, $434,00 (con fines de lucro: alimentos no envasados y/o procesamiento de alimentos)
- Permiso de 12 meses, $261,00 (con fines de lucro: alimentos preenvasados comercialmente y/o productos integrales)
- Permiso de 12 meses, $165.00 (Sin fines de lucro – 501(c)(3) o equivalente - alimentos no envasados y/o procesamiento de alimentos)
- Permiso de 12 meses, $130.00 (Sin fines de lucro – 501(c)(3) o equivalente - alimentos preenvasados comercialmente y/o productos integrales)
- Las solicitudes enviadas después de la fecha límite de dos semanas se pueden aceptar con la presentación de una tarifa por procesamiento tardío de $75.00.
Se aceptan pagos en forma de cheques, giros postales y efectivo (excepto billetes de $100,00).
El personal de Salud Ambiental revisará las solicitudes de permiso para garantizar el cumplimiento del código dentro de un período de dos (2) semanas. El personal de Salud Ambiental puede comunicarse con los solicitantes de permisos para obtener información adicional que no figura en las solicitudes.
Después de la revisión y aprobación de las solicitudes, el departamento emitirá permisos de instalaciones temporales de alimentos para las solicitudes aprobadas. Además, el personal de Salud Ambiental notificará al organizador del evento sobre la emisión de permisos para puestos de comida.
El coordinador del evento será responsable de distribuir los permisos a los operadores de los puestos de comida. Normalmente los organizadores facilitan los permisos el día del evento.
Antes de proporcionar comida al público, se solicita a los operadores de puestos de comida temporales que publiquen el permiso de instalación de alimentos temporal en el frente del puesto, de modo que sea visible para todas las personas que visiten el puesto.
Durante el evento se podrá esperar la visita del personal de Salud Ambiental para asegurar el cumplimiento de las prácticas de manipulación de alimentos y responder cualquier pregunta.
Aunque no se requieren tarjetas sanitarias para los manipuladores de alimentos que participan en eventos comunitarios, se espera que las personas sigan prácticas de higiene seguras.
Para obtener información sobre los requisitos estructurales y operativos de los puestos de alimentos, consulte la Guía rápida: Estándares para instalaciones temporales de alimentos. Para obtener una copia impresa de la guía rápida haga click aqui.
División de Salud Ambiental en: 797 Main St.Suite B. El Centro, CA 92243